¿Tengo que dejar la puerta de mi casa abierta si pasa por ella un tubo de la comunidad? El Procurador del Común de Castilla y León responde

 

¿Tengo que dejar la puerta de mi casa abierta si pasa por ella un tubo de la comunidad?

El Procurador del Común en Castilla y León responde


¿Estoy obligado a dejar la puerta de mi casa abierta si pasa por ella un tubo municipal de riego? En opinión del Procurador del Común de Castilla y León, no, ya que esto afectaría a los derechos constitucionales del ciudadano, como ha ocurrido a un vecino de La Adrada (Ávila), al que su Ayuntamiento obligaba a dejar la puerta abierta de su casa o entregar una copia de la llave al Consistorio al pasar una tubería de riego por ella.

Según una resolución del Procurador del Común, el Ayuntamiento «no puede alterar la naturaleza de la servidumbre«. Por ello, este órgano independiente de la comunidad ha pedido al Consistorio adradense que dé una justificación técnica y jurídica de las exigencias municipales, como la restitución del solado por cuenta del propietario, la valoración económica del mismo, la obligatoriedad de tener siempre la puerta abierta o el depósito de llave en el Ayuntamiento.

Peticiones que no han encontrado respuesta por parte del Consistorio después de tres reiteraciones de información a la corporación municipal.

Por averías

El alcalde de La Adrada, Roberto Aparicio, ha argumentado que solo se accederá a la vivienda «por motivo de averías«, a lo que el Defensor del Pueblo de Castilla y León ha contestado que la «la servidumbre no ha de ser obstáculo para que el dueño ejercite sus derechos constitucionales» y que el Ayuntamiento «no puede alterar la naturaleza del derecho».

«Hay que dejar la mayor libertad posible al propietario, el cual, ya ha manifestado su voluntad de permitir y facilitar el acceso a su finca siempre que sea preciso, sin necesidad de que permanezca siempre abierta», ha argumentado la resolución.

Por otra parte, el Alto Comisionado de las Cortes ha recordado que en la servidumbre forzosa de acueducto, el derecho de paso se establece para el exclusivo servicio y provecho del canal, no para uso de terceros, sino solo para su conservación y limpieza.

Por último, la resolución insta a revisar los condicionantes mencionados en orden, a armonizar todos los derechos implicados, «permitiendo al propietario ejercer sus derechos dominicales«, es decir, el derecho de gozar y disponer de su propiedad según el código civil.

El Defensor del Pueblo de Castilla y León ha advertido al municipio que de aquí en adelante para próximas licencias «no pueden establecer condiciones a su otorgamiento, si las mismas no derivan de la ordenación urbanística vigente».

El espacio vecinal de La Adrada, que ha recogido más de cien firmas solicitando la anulación de la obligación de dejar la puerta abierta, se ha mostrado satisfecho con la resolución del Procurador del Común, ya que según este colectivo vecinal, «no hace, sino poner en valor los derechos ciudadanos que se recogen en la Constitución sobre la propiedad privada, la intimidad, la inviolabilidad del domicilio».

Por todo ello, esperan ahora que el Ayuntamiento, de buena fe, revise estas exigencias y las anule, poniendo así fin a la inseguridad que genera dejar una llave a terceros anónimos o la puerta abierta de su propiedad.

FUENTE: https://www.laopiniondezamora.es/castilla-leon/2023/04/20/puerta-casa-abierta-pasa-tubo-86268861.html

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